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Como afecta la Ley...

Como afecta la Ley de Protección de Datos a las Comunidades de Propietarios

A continuación se detallan respuesta a las preguntas básicas acerca de la aplicación de la Ley de Protección de Datos en las comunidades de propietarios.
En primer lugar destacar que el responsable del fichero ante la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) es la propia Comunidad de Vecinos, que es la entidad que decide la creación de ese fichero.
En el día a día y puesto que la mayoría de comunidades optan por la contratación de un profesional que se encarga de sus asuntos legales, éstas han de entregar los datos de este fichero a su Administrador de Fincas para que este pueda gestionar todos los trámites relacionado con la LOPD. Su figura se contempla en la dicha ley con el nombre de Encargado del Tratamiento.
La regulación de este trámite entre Comunidad y Administrador, se realizará a través de un contrato en el cual se reflejarán las exigencias del artículo 12 de la LOPD, básicamente:

– Tratar los datos conforme a las instrucciones del responsable del tratamiento.
– No utilizarlos con un fin distinto al estipulado en el referido contrato, ni comunicarlos ni siquiera para su conservación a otras personas.
– Cumplida la prestación contractual, los datos así como cualquier soporte o documento que los contenga deben ser devueltos al responsable del tratamiento o bien ser destruidos.
– No podrá subcontratar con un tercero, salvo si ha obtenido autorización del responsable para hacerlo

Los incumplimientos legales más habituales en relación a la Ley de Protección de Datos en las comunidades de vecinos son: la falta de inscripción de ficheros, las zonas videovigiladas pero no señalizadas y la publicación de datos de vecinos morosos con la comunidad.
Además de los ficheros habituales que posee una comunidad de propietarios, pueden existir otros de diversa índole tales como los que recogen los datos de las grabaciones de cámaras de videovigilancia. Así mismo éstas han de estar debidamente señalizadas con el fin de advertir tanto a vecinos como a terceras personas de su existencia.
En el caso de la publicación de datos de vecinos morosos en la comunidad, la Ley de Propiedad Horizontal obliga a informar de la situación de morosidad de los vecinos, los cuales lógicamente tienen el derecho a conocer la situación económica de la comunidad, pero este derecho ha de convivir de forma que no se corra el riesgo de que terceras personas ajenas a la comunidad (visitantes, familiares, etc) puedan acceder a esta información.

Los admin. de fincas exigen...

Los administradores de fincas exigen a los bancos que paguen sus cuotas comunitarias

Actualmente existe un grado de, “preocupación por la creciente morosidad que las entidades financieras españolas están adquiriendo con las Comunidades de Propietarios“.

Como consecuencia de la crisis financiera y del sector inmobiliario, un ingente número de promotoras, constructoras y en menor medida, familias, no han podido hacer frente al pago de su deuda hipotecaria, razón por la que las entidades financieras, tras los desahucios ejecutados, pasan a ser propietarios de un elevado número de inmuebles, en especial, viviendas y locales.

La situación crítica de algunas de estas entidades, junto con las enormes dificultades que tienen para hacer frente a la gestión de estos activos, “provocan que no estén cumpliendo, puntualmente, con sus obligaciones económicas con la Comunidad de Propietarios“.

Según datos actuales, este incumplimiento conlleva ingentes problemas económicos para los vecinos de esos inmuebles, que tienen que ver aumentadas sus cuotas comunitarias para afrontar el impago que originan el resto de las viviendas y locales con su morosidad. Los administradores de fincas colegiados están percibiendo en éste un sangrante problema económico, que conlleva la posibilidad muy real del deterioro de un edificio porque sus vecinos no pueden asumir el coste de los recibos que dejan de abonar dichas entidades.

Además del efecto tan negativo, a nivel económico, que estas deudas producen en las finanzas de la Comunidad de Propietarios, se percibe un malestar que esta situación está generando entre el resto de los propietarios. Hay que tener en cuenta que, en numerosas ocasiones, han visto desahuciar de estas viviendas, precisamente por falta de pago, a sus vecinos de toda la vida y son personas con cuyo esfuerzo económico han ayudado, muchas veces, a reflotar estas entidades con problemas, las cuales son las que ahora no cumplen con sus obligaciones.

Esta nueva situación, en la que se está acumulando la deuda de los bancos hacia las Comunidades, puede poner en peligro tanto por los aspectos económicos como por los referidos problemas de convivencia que se están produciendo, y que en la práctica complican, notablemente, lograr la necesaria renovación de los presupuestos, los acuerdos para realización de las obras y, en definitiva, el desarrollo normal de la actividad de las Comunidades de Propietarios.